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Suprema Corte valida reformas electorales y mantiene disposiciones clave

Ministros descartan veda electoral y avalan cambios en designaciones y financiamiento de campañas.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, impugnadas por diversos actores, no presentan vicios invalidantes y seguirán vigentes.

Los ministros determinaron que no se violó la veda electoral establecida en la Constitución, ya que la reforma publicada el 15 de septiembre de 2024 exceptuó de esta restricción a las adecuaciones necesarias para el proceso electoral extraordinario de 2025. Además, confirmaron que la ley establece con claridad el horario de la jornada electoral y garantiza la paridad de género en la asignación de cargos.

Sin embargo, aunque la mayoría de los ministros se pronunció en favor de invalidar ciertas disposiciones, no se alcanzaron los ocho votos requeridos, por lo que quedaron vigentes. Entre ellas, se mantiene la facultad del presidente del INE para designar a directores ejecutivos y titulares de unidades técnicas, la posibilidad de que los candidatos financien sus propios viáticos y la eliminación de la segunda instancia en procedimientos sancionadores en materia electoral.